Artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

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Mujeres firmando un contrato (Gabrielle Henderson Unsplash)

La norma que protege los derechos de los consumidores mexicanos es la LFPC de diciembre de 1992. El artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor forma parte del Capítulo II, dedicado a las autoridades de defensa y protección de los consumidores en México (artículos 19 al 31).

En concreto son artículos dedicados a la Procuraduría (Profeco).

Artículo 30 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

El artículo 30 de la LFPC se engloba dentro de su Capítulo II.

Habla sobre el régimen laboral al que se acogerás los trabajadores de Profeco. Este será el de los trabajadores del Estado.

Dice así literalmente:

Artículo 30.- El personal de la Procuraduría estará incorporado al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Capítulo II de la LFPC

El Capítulo II de la LFPC (De las autoridades), comprende los artículos 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 25 Bis, 26, 27, 28, 29 y 29 Bis, 30 y 31.

Normatividad de protección de los consumidores mexicanos

Las tres principales normas de defensa de los consumidores y usuarios en México son:

  • La Ley Federal de Protección al Consumidor de 24 de diciembre de 1992 (LFPC) (ver online).
  • Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF), del 18 de enero de 1999 y reformada en marzo de 2018 (ver PDF).
  • La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (ver PDF) (art. 28)
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