Artículo 45 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

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Leyendo el periódico (Roman Kraft Unsplash)

La norma que protege los derechos de los consumidores mexicanos es la LFPC de diciembre de 1992. El artículo 45 de la Ley Federal de Protección al Consumidor forma parte del Capítulo III, dedicado a la información y la publicidad en México (artículos 32 al 45).

Artículo 45 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

El artículo 45 de la LFPC se engloba dentro de su Capítulo III.

Este artículo 45 prohíbe cualquier acuerdo o práctica colutoria de empresas, publicistas o grupo de interés en contra del derecho a la información a los consumidores.

Dice así literalmente:

Artículo 45.- Quedan prohibidos los convenios, códigos de conducta o cualquier otra forma de colusión entre proveedores, publicistas o cualquier grupo de personas para restringir la información que se pueda proporcionar a los consumidores.

Derecho a la información

Uno de los derechos básicos de los consumidores es el de la información.

En Economía se habla de mercados imperfectos porque proveedores y consumidores no disponen del mismo nivel de información. Por tanto, los consumidores podemos llegar a tomar decisiones de consumo equivocadas o perjudiciales para nuestro bolsillo.

Por eso, este artículo 45 prohíbe cualquier tipo de arreglo, acuerdo o convenio entre empresas, publicistas o grupos de interés que puedan restringir el acceso de los consumidores a la información sobre productos y servicios.

Y por eso, como dice el artículo anterior, el artículo 44 se arroga la potestad de realizar investigaciones, encuestas y monitoreos de mercado y a darles publicidad en el interés de los consumidores.

Hay que recordar que el consumidor es la parte más débil de toda relación de consumo.

Capítulo III de la LFPC

El Capítulo III de la LFPC (De la información y publicidad), comprende los artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45.

Normatividad de protección de los consumidores mexicanos

Las principales normas de defensa de los consumidores y usuarios en México y Ley sobre publicidad son:

  • Ley para la transparencia, prevención y combate de prácticas indebidas en materia de contratación de publicidad de 3 de abril de 2021 (en vigor desde el 3 de junio de 2021) (ver PDF).
  • Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF), del 18 de enero de 1999 y reformada en marzo de 2018 (ver PDF).
  • Ley Federal de Protección al Consumidor de 24 de diciembre de 1992 (LFPC) (ver online).
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (ver PDF) (art. 28)
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