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La norma que protege los derechos de los consumidores mexicanos es la LFPC de diciembre de 1992. El artículo 9 de la Ley Federal de Protección al Consumidor continúa delimitando la responsabilidad de los proveedores sobre los actos propios que puedan atentar contra los derechos del consumidor.
Artículo 9 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
El artículo 9 de la Ley de Protección al Consumidor se engloba dentro del Capítulo I de la LFPC.
Dice así literalmente:
Artículo 9.- Los proveedores de bienes o servicios incurren en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del consumidor y por los de sus colaboradores, subordinados y toda clase de vigilantes, guardias o personal auxiliar que les presten sus servicios, independientemente de la responsabilidad personal en que incurra el infractor.
Responsabilidad de los proveedores
Este artículo viene a decir que los proveedores (fabricantes y distribuidores) de productos son responsables administrativamente de sus actos (echamos de menos también sus omisiones) que atenten contra los derechos de los consumidores.
Responsables de sus colaboradores
También lo serán respecto a los actos de sus colaboradores. Esto pone una presión grande sobre los proveedores, que deberán asegurarse de que sus colaboradores conozcan y respeten los derechos de los consumidores y usuarios. Y que tengan la correcta formación.
Y dentro de los colaboradores incluye tanto a vigilantes como a guardias, que son quienes, precisamente, muchas veces tienen que dar la cara frente a los consumidores cuando hay una discrepancia o incidencia en una relación de consumo.
Capítulo I de la LFPC
El Capítulo I de la LFPC (Disposiciones generales), comprende los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 7 Bis, 8 y 8 Bis, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 18 Bis.
Normatividad de protección de los consumidores mexicanos
Las tres principales normas de defensa de los consumidores y usuarios en México son:
- La Ley Federal de Protección al Consumidor de 24 de diciembre de 1992 (LFPC) (ver online).
- Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF), del 18 de enero de 1999 y reformada en marzo de 2018 (ver PDF).